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Reglamento de usuario MIOcable

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Reglamento de usuario MIOcable

DERECHOS DE LOS USUARIOS (SON DERECHOS DE LOS USUARIOS DEL MIO CABLE).

1. Acceder al servicio en condiciones de calidad y seguridad, en los horarios establecidos.

2. 0btener información adecuada para el uso eficiente del sistema.

3. Las personas en situación dediscapacidad (física, psíquica y sensorial) tendrán atención preferencial y condiciones logísticas especiales para su ingreso y salida.

4. Viajar con objetos, paquetes de mano livianos siempre y cuando estos no generen molestias o peligros para la persona o los demás usuarios.

5. Viajar con bicicletas bajo las siguientes consideraciones:

Sera transportada únicamente en las cabinas del MIO Cable (no en los buses del SITM MIO)
La bicicleta deberá estar limpia.
La bicicleta no podrá transportarse en los ascensores, ni por las escaleras eléctricas de las estaciones.
Dentro de las instalaciones del SITM MIO no podrá hacer uso de la
bicicleta para transportarse.

6. Los niños de brazos o con estatura inferior a 1 metro,deberán estar acompañados de sus padres o personas mayores, y podrán ingresar de manera gratuita.

7.Presentar peticiones, sugerencias, quejas y reclamos en los sitios y canales dispuestos para tal fin, y a que los mismos sean atendidos oportunamente

DEBERES DE LOS USUARIOS (SON DEBERES DE LOS USUARIOS DEL MIO CABLE).

1. Adquirir el medio de pago (tarjeta) autorizado sólo en los sitios determinados por Metro Cali S.A. y dispuestos oficialmente por el SITM MIO.

2. Pagar la tarifa establecida mediante decreto por la Alcaldía del Municipio de Santiago de Cali.

3. Cuidar y conservar el buen estado de las cabinas, estaciones, y en general todos los bienes que conforman el SITM MIO.

4. Respetar al personal adscrito al MIO Cable. Los colaboradores del MIO Cable son las personas específicamente encargadas dentro de las instalaciones de conservar el orden, velar por la seguridad del servicio de transporte, el buen servicio, controlar el estricto cumplimiento del presente reglamento y demás normas legales y complementarias de operaciones, seguridad, ventas y normas que rigen este servicio de transporte.

5. ldentificar las rutas de evacuación para ser utilizadas en caso de emergencia.

6. Acatar las instrucciones del personal de servicio asignado al MIO cable.

7. No adoptar actitudes y posiciones que perjudiquen el buen servicio, alteren o pongan en nesgo a los demás usuarios y/o personal del sistema.

8. lnformar de cualquier anomalía presentada dentro del sistema que pueda afectar o poner en riesgo a los demás usuarios y/o personal del sistema.

9. Cuidar y respetar las cabinas,estaciones, terminales, buses y compo­ nentes de la infraestructura del Sistema, así como la señalización y demarcaciones dentro de las mismas.

1O.Ingresar y descender a las cabinas de manera ordenada y segura, sólo en los lugares autorizados y/o indicados por el personal adscrito al sistema.

11. Hacer uso adecuado de los servicios y recursos que disponga el MIO Cable y el SITM MIO para su comodidad y seguridad, en los lugares destinados para ello.

12. Respetar y cumplir las normas de utilización derivadas de este reglamento.

PROHIBICIONES EN LAS ESTACIONES, CABINASY DEMASINSTA­ LACIONES DEL MIO CABLE:

1. Arrojar basuras, botellas, grapas, clavos, puntillas, residuos sólidos o líquidos y, en general, objetos que representen peligro o produzcan daños a los usuarios,a cabinas, las estaciones,terminales, autobuses e infraestructura en general.

2. Correr por escaleras, plataformas oaccesos o entorpecer deliberada­ mente la circulación del publico,

3. lntroducir objetos voluminosos y/o malolientes.

4. lngresar a las zonas destinadas para uso exclusivo de funcionarios.

5. Transitar en patines, monopatines, patinetas, bicicletas o similares.

6.Obstaculizar el funcionamiento de equipos o impedir en cualquier forma el cierre de las puertas de las cabinas o tratar de abrirlas, de hacerlo, la persona será responsable civil y penalmente de las consecuencias de su imprudencia.

7. Escribir, rayar, pintar, pegar carteles o ensuciar de cualquiera manera los pisos, paredes,cabinas, sillas oinstalaciones.

8. Asomar parte del cuerpo o cualquier objeto fuera de las cabinas, aun cuando estas seencuentren detenidas, salvo para el hechodesalirde la respectiva cabina en la plataforma de destino.

9. Actuar de manera agresiva de tal forma que ponga en peligro la integridad física y/o causar molestia física, material o de palabra al personal adscrito al MIO Cable.

10.Realizar movimientos bruscos al interior de las cabinas.

11. lngresar armas de cualquier tipo, sin portar el correspondiente permiso emitido por autoridad competente,y explosivos, inflamables, tóxicos y/o elementos potencialmente aptos para causar daño en la integridad física o moral de los usuarios o que de cualquier forma pongan en peligro sus bienes jurídicamente tutelados.

12. Repartir publicidad, solicitar firmas de peticiones, recolectar dineros, promover arengas de orden político y religioso en las cabinas, vehícu­ los o estaciones y terminales, a menos de que exista expresa y escrita autorización de Metro Cali S.A.

13. Producir ruido con bocinas, pitos o cualquier otra fuente fija o móvil de emisión contaminante.

14. Utilizar radios, grabadoras, celulares, tabletas y similares. Solo se autoriza su uso con audífonos a un volumen tal que permita al usuario escuchar informaciones emitidas por los altavoces de las cabinas o de las estaciones.

15. Consumir y/o ingerir bebidas embriagantes y/o sustancias psicotrópicas.

16. Consumir cualquier dase de alimentos y bebidas en las cabinas.

17. Fumar ollevar cigarrillos o similares encendidos.

18. Utilizar inadecuadamente los botones o mecanismos de emergen­ cia.
19. Sentarseen los pisos de las estaciones, escaleras y cabinas.

20. Ejercer la mendicidad, prédicas, ventas ambulantes, intervenciones artísticas y/o culturales a cambio dedinero.

21. Practicar la comercialización ilegal de pasajes, tarjetas y/o de los diversos beneficios de integración.

22. Realizar rifas, fijar avisos,afiches o efectuar promociones publicitar­ ias y presentaciones artísticas sin contar con la previa autorización de Metro Cali S.A.

23. Practicar juegos o deportes en las zonas destinadas para la operación.

24. Transportar animales, salvo las excepciones establecidas en la Resolución No. 1.10.422 del 29 de septiembre de 2011, "Por medio de la cual se adopta el reglamento para el ingreso y transporte de mascotas en el Sistema MIO" expedida por Metro Cali, conforme a las previsiones de la Ley 769 de 2002 y la Sentencia C-439 de 25 de mayo de 2011 de la Corte Constitucional.

En todo caso, sólo se permite el ingreso de perros y gatos, con estas condiciones:
Sólo una (1) mascota por cabina.
Debe tenerse a la mano certificado vigente de vacunación y desalud. La mascota debe ir dentro de un contenedor especializado con manija (maletín especializado,caja metálica o plástica).

Sólo pueden ingresar por sus propios medios perros lazarillos,debida­ mente identificados con un chaleco. El usuario deberá portar su nombre,un certificado con foto expedido por la Secretaría de Salud­ Zoonosis y el número del microchip del animal.

Los usuarios del MIO Cable están sujetos al cumplimiento y observan­ cia de las normas del usuario que se deriven de este reglamento, así como las establecidas para ocupación de establecimientos públicos en el código de policía y demás reglas y principios.

 
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